Lección Tres

DEFINICIÓN, FUNDAMENTOS Y ATRIBUTOS DE LOS DERECHOS HUMANOS

DEFINICIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS

Definir los derechos humanos no es una tarea fácil. Se habla de "teorías de los derechos humanos", haciendo referencia a la multiplicidad de miradas sobre el tema. Podríamos decir, simplemente, que los derechos humanos son y han sido realidades históricas construidas por hombres y mujeres. La definición de los derechos humanos abarca toda una gama de derechos que se abordarán más adelante, por lo pronto hay que precisar que los llamados "derechos fundamentales" hacen referencia a los derechos humanos que se encuentran positivizados, esto es, consagrados en las constituciones políticas.

 

Podríamos decir, con el profesor González Amuchastegui[1], que los derechos humanos, como teoría de la justicia, intentan ofrecer una respuesta a muchos de los principales interrogantes que plantea la convivencia humana en sociedad: "¿cuáles son los bienes básicos de los que los individuos deben poder disfrutar?, ¿quién es el depositario del poder?, ¿cuáles son los límites de ese poder?, ¿cuáles son los límites entre lo público y lo privado?, ¿qué obligaciones se tienen para con los demás individuos?, o ¿qué obligaciones tiene el Estado para con los particulares?". En este sentido, las diferentes concepciones de los derechos humanos, nos remitirán a hablar de los diferentes modelos de Estado y las diferentes concepciones de justicia, lo cual pondría el asunto en el terreno de lo político o de la política. Este debate, desde la doctrina universal de los derechos humanos, ha sido obviado, por no decir ignorado, con el argumento (a nuestro modo de ver errático, pues no consulta la realidad que desconoce tales derechos) que señala a estos como garantía de los ciudadanos, que los Estados deben respetar independientemente del modelo económico y social dominante, del tipo de régimen o del gobierno que subsista.

FUNDAMENTOS DE LOS DERECHOS HUMANOS

El fundamento de los derechos humanos se ha pretendido encontrar desde diferentes teorías, desde las teológicas que se apoyan en la voluntad divina hasta las inspiradas en el iusnaturalismo que apelan a la "naturaleza humana", las positivistas que recurren al derecho estatal o las contractualistas que presuponen un acuerdo de voluntades. Apartándonos de encontrar estas teorías, podríamos decir con Hernán A. Ortiz, que los derechos humanos emanaron de las luchas sociales, del pensamiento burgués y socialista y de la positivización en las constituciones de los Estados contemporáneos y las declaraciones universales[2].

 

Pedro P. Camargo en su Manual de Derechos humanos recoge las idea de J. Maritain, según la cual "Para el iusnaturalismo liberal o racionalista, lo mismo que para los pensadores católicos, los derechos humanos son aquellos que la persona tiene conforme a su naturaleza y los cuales adquiere por el hecho de haber nacido y de tener que vivir en sociedad"[3]. Las teorías iusnaturalistas se apoyan en una presunta "naturaleza" cósmica, divina o humana que posibilita un derecho natural universal e inmutable para dar respuesta a lo que sería el "derecho justo", pero estos derechos mientras no estén reconocidos en las normas jurídicas positivas no serían más que valores, intereses o deseos. De otro lado, la universalidad e inmutabilidad de los derechos humanos sería cuestionada en cuanto estos son productos de una etapa cultural determinada de la historia humana.[4]

 

Camargo sostiene que pensar que los derechos humanos son anteriores al Estado, es ilusorio, pues es la organización política la que ha hecho posible, de forma paulatina su reconocimiento. Diríamos con más acento: son procesos humanos, luchas sociales, lo que nos permite hablar hoy día de derechos humanos.

 

Los derechos humanos también han sido vistos como ideología. Según Carlos Marx, los derechos decimonónicos, en su expresión francesa y americana, son "ideologías" necesarias para el mantenimiento de la dominación capitalista, que ocultan tras los derechos abstractos del "ciudadano" los intereses concretos del "burgués", único beneficiario de la libertad, igualdad, dignidad o propiedad[5].

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Modulo Curso Constitución Política y Derechos Humanos